Dictamen N° 34131/2010
N° 34.131 Fecha: 23-VI-2010 Se ha dirigido a esta Contraloría General don José Hernán Johnson Núñez, para requerir el pago del desahucio a que estima tener derecho, en su calidad de ex Receptor Laboral grado 11 de la Escala de Sueldos del Poder Judicial más 28% de bienios, con desempeño en el 1° Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción. Al respecto, cumple con expresar que no es posible acceder a lo solicitado en esta oportunidad, en atención a que no consta en los registros que obran en poder de este Organismo Fiscalizador el cese efectivo de funciones del interesado, requisito indispensable para otorgar el citado beneficio, de acuerdo con lo establecido en los artículos 102 y siguientes del decreto con fuerza de ley N° 338, de 1960. Asimismo, conforme a los antecedentes que se acompañan, se acredita como fecha de término de sus labores y de cotización para el Fondo de Seguro Social, el 30 de mayo de 1991, por lo que de ser efectiva dicha información, la acción para configurar el beneficio requerido se encuentra prescrita, según lo dispuesto en el artículo 382 del citado cuerpo legal, norma estatutaria que se encuentra vigente al tenor de lo establecido en el artículo 13 transitorio de la ley N° 18.834. En consecuencia, se devuelve sin tramitar la solicitud por no ajustarse a derecho lo impetrado. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República