Dictamen N° 34136/2011
N° 34.136 Fecha: 27-V-2011 Se ha dirigido nuevamente a esta Contraloría General la señora Julia Patricia Soledad Pincheira Muga, para solicitar un pronunciamiento que determine el derecho que, a su juicio, le asistiría para obtener el seguro de vida con ocasión del fallecimiento de su abuela, doña Julia Ester Balladares Espinosa, quien fuera pensionada en el régimen de la ex Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas. Al respecto, cabe manifestar que mediante el dictamen N° 66.640, de 2010, este Organismo Fiscalizador, atendiendo una anterior presentación de la interesada, determinó que a ésta no le asiste el derecho que reclama, pues el artículo 31 N° 1, del D.F.L. N° 1.340 bis, de 1930, Ley Orgánica de la aludida ex Caja, no contempla entre los beneficiarios del seguro de vida a los nietos. En consecuencia, considerando que, en esta oportunidad, la recurrente no aporta antecedentes que permitan modificar lo concluido en el precitado dictamen, sólo cabe ratificarlo. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República