Dictamen CGR

Dictamen N° 34184/2015

2015-04-30 · Obras públicas y concesiones · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Representa la resolución N° 293, de 2015, de la Dirección de Vialidad
Aplicado por
Dictamen N° 48211/2015
Aplica dictamen

N° 34.184 Fecha: 30-IV-2015 La Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso al instrumento del rubro, que acepta propuesta para la ejecución de la obra “Conservación y Operación Túneles Cristo Redentor y Caracoles, Comuna de Los Andes, Región de Valparaíso”, en atención a las siguientes observaciones: 1.- El programa de trabajo presentado por la adjudicataria no se ajustó al formato especial entregado por el servicio, tampoco indica los días de inicio y término de cada partida, ni los ítems del presupuesto oficial de la licitación, lo que contraviene lo dispuesto en el artículo 76, N° 1, letra c), del Reglamento para Contratos de Obras Públicas -aprobado por decreto N° 75, de 2004, del Ministerio de Obras Públicas-, al margen de consignar ítems no contemplados en el referido presupuesto, sin que se advierta el fundamento para ello. 2.- El desglose de gastos generales entregado por la licitante adjudicada difiere del formato y contenido mínimo que ha debido tener de acuerdo al formulario E.2 del anexo del formato de bases aprobado por la resolución N° 258, de 2009, de la Dirección General de Obras Públicas -aplicables en la especie-, situación que importa un incumplimiento de la obligación establecida al efecto en el punto 3.3, letra d), del citado pliego de condiciones. Lo anterior, por cuanto el desglose acompañado al momento de presentación de la propuesta carece del detalle relativo al costo directo, gastos generales y utilidades del formulario ya indicado, sin que se aprecie, por lo demás, de los antecedentes tenidos a la vista, el procedimiento que utilizó la comisión de evaluación de las ofertas económicas para determinar, en relación a la oferta presentada, que el porcentaje de gastos generales es de un 58,01% y que las utilidades llegan al 12,42% -ambas cantidades respecto del costo directo de la oferta, según lo anotado en el punto 2.1.3 letra d) del informe de adjudicación de diciembre de 2014-. 3.- De los documentos adjuntos, aparece que en la oferta técnica se incluyeron cuatro certificados de respaldo a la nómina de obras que no indican fecha de emisión y, además, en uno de ellos se omite la firma del mandante, sin que se aprecie el criterio empleado por la comisión de evaluación para calificar que los certificados se encontrarían actualizados, que fue emitido por el mandante, y que contienen los requisitos mínimos solicitados, atendido lo dispuesto sobre el particular en el punto 3.2 letra a) de las bases mencionadas y teniendo presente la debida fundamentación que, acorde con lo manifestado en el dictamen N° 13.858, de 2012, de este origen, debe presidir la adopción de decisiones por parte de aquellas comisiones. 4.- No se advierte la razón por la cual esa dirección inicialmente disminuyó el plazo entre la publicación del llamado a concurso y la presentación de las propuestas en más de la mitad del que correspondía -de acuerdo al artículo 70 del citado reglamento y a la autorización otorgada por el oficio N° 782, de 2014, del Director General de Obras Públicas que permitió la rebaja hasta en un 50 %-, ni aquella por la que, luego, procedió a extender ese plazo, dando cuenta del cambio de calendario mediante una publicación posterior a la fecha original de apertura. Tampoco se aportan antecedentes que expliquen que tales cambios no afectaron el principio de libre concurrencia de los oferentes al llamado administrativo, establecido en el artículo 9°, inciso segundo, de la ley N° 18.575. 5.- Por último, no resulta armónico lo consignado en el numeral 2.8 del anexo complementario, que no establece plazo por hitos, con el numeral 7.12.1 del mismo anexo, que fija multas por cada día de atraso de los hitos. Saluda atentamente a Ud., Por Orden del Contralor General de la República Jefe Subdivisión Jurídica División de Infraestructura y Regulación

Dictámenes relacionados
Dictamen N° 13858/2012
Aplica dictamen