Dictamen CGR

Dictamen N° 34194/2011

2011-05-27 · Personal de FFAA, de Orden y Seguridad y Gendarmería · general · Vigente
Sumario. Sobre exoneración de responsabilidad civil en virtud de lo dispuesto en el artículo 62 de la ley 10336

N° 34.194 Fecha: 27-V-2011 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños ocasionados al automóvil fiscal RP-2264, de cargo de la 30 a Comisaría Radiopatrullas e Intervención Policial, conducido por el funcionario de esa institución policial, señor Sergio Patricio Castillo Velásquez, a objeto que esta Contraloría General se pronuncie, conforme con las atribuciones que le confiere el artículo 62 de la ley N° 10.336, sobre la exoneración de la responsabilidad civil de aquél. Sobre el particular, cabe señalar que del estudio de la documentación acompañada, aparece que el día 17 de abril de 2010, el aludido funcionario, junto a otros empleados, se desplazaba en el referido móvil por la Ruta 5 Sur, en dirección al sur y al llegar al paso bajo nivel de la calle Rondizzoni, en la comuna de Santiago, fue colisionado por un camión particular, cuyo chofer perdió el control del vehículo, debido a que conducía a una velocidad no razonable ni prudente con respecto a las condiciones de la calzada (mojada por la lluvia), lo que el Departamento de Investigación de Accidentes en el Tránsito, en su oficio N° 63, de 2010, agregado a fojas 28 a 31 de autos, estableció como causa basal del accidente. La situación descrita produjo un perjuicio al patrimonio fiscal que, según el Presupuesto N° 105, de 2010, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, dependiente del Departamento de Transportes, incorporado a fojas 87 a 91 de autos, ascendió a la suma de $3.200.000, determinando la Dirección Nacional de Logística, mediante su orden N° 246, de 2010, agregada a fojas 166 a 168 del expediente adjunto, dar de baja dicha especie. Ahora bien, se debe expresar que el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de los bienes que administre o custodie un funcionario, al término del sumario que para estos efectos se incoare, en la medida que, conforme con lo señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, se acredite que el extravío o detrimento de dichos bienes no se debe a culpa o negligencia del servidor de que se trate. De esta manera, atendido que de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que se dan los presupuestos señalados previamente, el infrascrito, haciendo uso de las atribuciones que le confiere el citado artículo 62, estima procedente exonerar de responsabilidad civil al Cabo 1° de Carabineros, señor Sergio Patricio Castillo Velásquez, por los daños ocasionados en el vehículo fiscal RP-2264. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República