Dictamen CGR

Dictamen N° 34264/2011

2011-05-27 · Personal de FFAA, de Orden y Seguridad y Gendarmería · general · Vigente
Sumario. Sobre exoneración de responsabilidad civil en virtud de lo dispuesto en el artículo 62 de la ley 10336

N° 34.264 Fecha: 27-V-2011 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños ocasionados al furgón fiscal Z-2555 de cargo de la 8 a Comisaría Colina, conducido por el funcionario de esa institución policial, señor Jorge Aquiles Henríquez Manríquez, a objeto que esta Contraloría General se pronuncie, conforme con las atribuciones que le confiere el artículo 62 de la ley N° 10.336, sobre la exoneración de la responsabilidad civil de aquél. Al respecto, cabe señalar que del estudio de la documentación acompañada, aparece que el día 18 de julio de 2010, mientras el aludido funcionario, junto a otro servidor, se encontraban estacionados en el referido móvil, frente a la Posta Rural Polpaico, individuos desconocidos lanzaron una piedra en contra del vehículo, la cual impactó en el parabrisas delantero, trizándolo, situación que, según el Certificado N° 234, de 2010, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, dependiente del Departamento de Transportes, que rola a fojas 41 a 43 de autos, ocasionó un perjuicio al patrimonio fiscal que ascendió a la suma de $77.941, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio. Ahora bien, se debe expresar que el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de los bienes que administre o custodie un funcionario, al término del sumario que para estos efectos se incoare, en la medida que, conforme con lo señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, se acredite que el extravío o detrimento de dichos bienes no se debe a culpa o negligencia del servidor de que se trate. De esta manera, atendido que de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que se dan los presupuestos señalados previamente, el infrascrito, haciendo uso de las atribuciones que le confiere el citado artículo 62, estima procedente exonerar de responsabilidad civil al Cabo 2° de Carabineros, señor Jorge Aquiles Henríquez Manríquez, por los daños ocasionados al vehículo fiscal Z-2555. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República