Dictamen N° 34270/2016
N° 34.270 Fecha: 10-V-2016 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Gerardo Godoy Veas, solicitando, según entiende esta Entidad Fiscalizadora, que el Instituto de Salud Pública de Chile le pague la diferencia de remuneraciones que, a su juicio, tendría derecho por haber sido ascendido del grado 25 al grado 23 de la E.U.S., a partir del 3 de junio de 1977. Sobre el particular, es necesario destacar que, acorde con lo dispuesto en el artículo 382° del decreto con fuerza de ley N° 338, de 1960, antiguo Estatuto Administrativo -vigente a la data de ocurrencia de los hechos-, el derecho al pago de cualquier remuneración prescribirá en el plazo de cinco años contados desde la fecha en que se hizo exigible, tal como se ha indicado en el dictamen N° 84.483, de 2015, de este origen. En consecuencia, resulta innecesario analizar si al señor Godoy Veas le correspondieron los estipendios que pretende, toda vez que, al no constar anteriores requerimientos por este concepto, procede concluir que el eventual derecho a su cobro se encuentra actualmente prescrito. Transcríbase al Instituto de Salud Pública de Chile. Saluda atentamente a Ud. Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República