Dictamen CGR

Dictamen N° 34286/2015

2015-04-30 · Responsabilidad administrativa, sumarios y potestad disciplinaria · municipal · Vigente
Sumario. Rechaza reclamo de funcionario municipal, en contra de sumario administrativo que se encuentra en trámite

N° 34.286 Fecha : 30-IV-2015 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Pablo Aravena Cereceda, funcionario del departamento de salud de la Municipalidad de El Bosque, reclamando por las presuntas irregularidades cometidas en el sumario administrativo ordenado instruir en su contra. Al respecto, corresponde recordar que los sumarios son procesos reglados en los que no caben otros trámites o instancias que las previstas en la normativa que sobre la materia establecen los artículos 126 y siguientes de la ley N° 18.883 -que rige supletoriamente en la especie, de acuerdo a lo indicado en el artículo 4°, inciso primero, de la ley N° 19.378- motivo por el cual no resulta procedente que este Organismo Fiscalizador emita una opinión anticipada en relación a aquellos que se encuentren en curso, lo que ocurre en el caso en comento (aplica criterio contenido en el dictamen N° 61.310, de 2014). En efecto, de lo señalado por el propio recurrente y de lo informado por el anotado municipio, en correo electrónico de 31 de marzo de 2015, es posible advertir que el procedimiento disciplinario a que alude el peticionario no está afinado. Atendido lo expuesto, y dado que el proceso correspondiente se encuentra aún en tramitación, cabe desestimar, por ahora, la alegación del señor Pablo Aravena Cereceda por no ser la oportunidad para deducirla, sin perjuicio de hacer presente que, si al término de aquel, considera que adolece de vicios de legalidad, puede interponer ante esta Entidad de Control el recurso especial de reclamación establecido en el artículo 156, inciso primero, de la anotada ley N° 18.883. Transcríbase a la Municipalidad de El Bosque y a don Gabriel Nieto Muñoz, abogado del recurrente. Saluda atentamente a Ud. Osvaldo Vargas Zincke Contralor General de la República Subrogante

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