Dictamen N° 34294/2012
N° 34.294 Fecha: 11-VI-2012 Esta Entidad de Control se ha abstenido de ejercer el control previo de juridicidad de la resolución Nº 76, de 2012, de la Oficina Nacional de Emergencia, por el cual se autoriza la regularización de la adquisición de las especies que indica, ya que se encuentra exento del trámite referido, acorde con lo dispuesto en la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General. No obstante lo anterior, y como ya se ha indicado a la Oficina Nacional de Emergencia en el dictamen N° 24.397, de 2011, de esta Contraloría General, adquisiciones como las de la especie deben ser formalizadas a través de la suscripción del respectivo contrato de compraventa, cuyo acto administrativo aprobatorio deberá enviarse a este Órgano de Control para someterse al control preventivo de juridicidad, toda vez que se trata de un trato directo cuya cuantía excede las 2.500 UTM. Por consiguiente, se remite adjunta la mencionada resolución N° 76, sin perjuicio de aplicarse a su respecto las normas sobre controles de reemplazo contenidas en el título VI de la precitada resolución. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República