Dictamen N° 34498/2017
N° 34.498 Fecha: 25-IX-2017 Se ha dirigido a esta Contraloría General de la República, por oficio N° 834/INC/2017, el Secretario General (S) del Senado, solicitando en nombre del Senador señor García, que esta Entidad informe sobre el endeudamiento de todos los Consejos Regionales según los proyectos aprobados, indicando hasta qué fecha estarían comprometidos los recursos de cada uno de ellos. Junto con lo anterior, pidió antecedentes acerca de la forma en que se define el límite o facultades que tienen aquellos para contraer deudas. Sobre el particular, la consulta se atiende en el entendido que se refiere a los recursos del Fondo Nacional de Desarrollo Regional (FNDR) respecto de cuya inversión se requiere la aprobación del Consejo Regional (CORE), la cual es destinada principalmente a los subtítulos 31 y 33 del decreto N° 854, de 2004, del Ministerio de Hacienda. Al respecto, acorde al artículo 115 de la Constitución Política, y al artículo 74 de la ley N°19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, al Gobierno Regional (GORE) le compete asignar al interior de cada región los recursos destinados a gastos de inversión pública del FNDR, el que consiste en un “programa de desarrollo regional y compensación territorial”, destinado al financiamiento de acciones en los distintos ámbitos que ahí se señalan. Luego, las letras d) y e) de los artículos 24 y 36 respectivamente, de la citada ley, le otorga al CORE la facultad de resolver de manera informada y razonada el destino que se dará a los recursos del FNDR que correspondan a la región, precisándose los programas en que ellos deberán invertirse y los montos asignados al efecto, decisión que podrá importar, según sea el caso, modificar o sustituir los proyectos propuestos por el intendente, teniéndose precisamente en vista los intereses que se pretenden satisfacer con esos fondos (aplica dictamen N° 1.127, de 2013). Precisado lo anterior, el artículo 19 bis del decreto ley N° 1263, de 1975, Orgánico de Administración Financiera del Estado, prescribe en lo que interesa, que los contratos de estudios para inversiones, de ejecución de obras y de adquisición de materiales y maquinarias, podrán celebrarse para que sean cumplidos o pagados en mayor tiempo que el del año presupuestario, y añade que el servicio sólo responderá de las inversiones hasta la concurrencia de los fondos que se consulten para estos efectos en cada año, en el respectivo presupuesto. Asimismo, agrega que con todo, en dichos contratos no podrá pactarse el pago de todo o parte de su valor en un plazo que exceda del ejercicio presupuestario en que se deba poner término al estudio, proyecto u obra contratado, en una forma distinta a la que resulte de relacionar los pagos con el avance efectivo de la ejecución de los mismos, o cualquier otra forma de pago diferido, y que la celebración de los contratos respectivos, sólo podrá efectuarse previa identificación presupuestaria a nivel de asignaciones especiales. Al respecto, el dictamen N° 18.434, de 2008, manifiesta que si de acuerdo al programa de avance del proyecto, los estados de pago deben efectuarse en diferentes períodos presupuestarios, el acto administrativo que aprueba el contrato, sin perjuicio de indicar el precio total del mismo, deberá imputar al presupuesto vigente, sólo las sumas a pagar en el año respectivo, y consignar que el saldo se solucionará con cargo a los recursos que se consulten en el presupuesto del año siguiente. En este sentido, tales iniciativas de inversión se identifican en el subtítulo 31 con montos menores a los costos totales aprobados por el CORE de acuerdo a la programación financiera que efectúe el Intendente, no obstante puede suscribir los convenios respectivos por los montos totales aprobados por el mismo, tal como lo señala la glosa común 04 de los Programas de Inversión de los GORE. Por su parte, los programas ejecutados a través del subtítulo 33 que se financien con cargo a los presupuestos de los GORE, según lo prescrito en la glosa común 04 y 09 de los señalados Programas de Inversión, deberán contar con código bip y, al igual que las iniciativas del subtítulo 31, podrán identificarse con montos menores a los costos totales aprobados por el CORE, no obstante suscribir los convenios respectivos por los montos totales aprobados por el mismo. Así, en cuanto al límite de los GORE para comprometer los recursos del FNDR, cabe señalar que cada año los recursos asignados por la ley de presupuestos en los subtítulos 31 y 33 de los GORE, son distribuidos en los proyectos o programas nuevos y de arrastre, considerando sólo las sumas que se estima que se harán exigibles hasta el 31 de diciembre, las cuales en conjunto tienen como límite los fondos que se consulten para estos efectos en los respectivos subtítulos 31 y 33 de sus presupuestos vigentes. En este contexto, en relación al informe solicitado, adjunto al presente oficio se remite en formato digital un informe del presupuesto “inicial”, “actualizado” y “ejecutado-devengado” del año 2016 y de enero a mayo de 2017, de los Programas de Inversión de cada GORE, del subtítulo 31 y del subtítulo 33, hasta el nivel de asignación. Por último, en relación al detalle solicitado, cabe señalar que de acuerdo al artículo 7°, 15° y 66 y siguientes del decreto ley N° 1.263, de 1975, a esta Contraloría le corresponde recopilar información para efectos de agregación, por lo que sólo recepciona información agregada desde el sistema informático administrado por la Dirección de Presupuestos (SIGFE Agregación), encontrándose la información analítica de cada estudio, proyecto o programa de inversión contenido en los registros auxiliares del sistema de cada GORE (SIGFE 2 Transaccional). Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República