Dictamen CGR

Dictamen N° 34555/2009

2009-07-01 · Responsabilidad administrativa, sumarios y potestad disciplinaria · general · Vigente
Sumario. Al examinar procesos sumariales, Contraloría sólo se pronuncia sobre infracciones al debido proceso o a otra normativa legal o reglamentaria, o sobre la arbitrariedad de alguna decisión de la autoridad

N° 34.555 Fecha: 01-VII-2009 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Rosa Daure Muñoz, para reclamar del procedimiento sumarial ordenado instruir a través de la resolución N° 0147, de 2007, elevado a sumario administrativo por la resolución N° 0388, de 2007, del Servicio de Salud Metropolitano Occidente, al término del cual se le aplicó la medida disciplinaria de destitución, mediante la resolución N° 294, de 2008, de la señalada repartición, cursada con alcance mediante oficio N° 3.268, de 21 de enero de 2009, toda vez que, a su juicio, en dicho procedimiento ocurrieron diversas anomalías. Indica la recurrente que en la sustanciación del sumario se produjeron irregularidades tales como el mal uso de claves administradas por ella y la designación de un Fiscal instructor conocido de las jefaturas de su departamento, circunstancias que la peticionaria solicita investigar. Sobre el particular, es menester indicar, en armonía con el dictamen N° 39.617, de 2008, de esta Entidad Fiscalizadora, que las normas que regulan los procedimientos disciplinarios contienen todos los elementos necesarios para configurar un debido proceso y garantizar una adecuada defensa de los inculpados, toda vez que ellas establecen, entre otros aspectos, las autoridades llamadas a conocerlos; los plazos dentro de los cuales deben realizarse las actuaciones; las formalidades de las notificaciones que deben efectuarse a los servidores; la formulación de cargos y su debido emplazamiento; la amplia admisibilidad de medios de prueba; la práctica de diligencias probatorias solicitadas por los afectados, si lo estiman pertinente y los medios de defensa de que aquéllos pueden hacer uso, tales como la presentación de descargos y la interposición de los recursos que procedan en contra de la sanción dispuesta aplicar en su contra. De esta manera, si, como en la especie, del examen de los antecedentes sumariales efectuado por este Organismo Contralor, no se ha apreciado alguna infracción a la garantía constitucional del debido proceso o a otra normativa legal o reglamentaria, ni existe alguna decisión de carácter arbitrario, no le corresponde a esta Entidad emitir un pronunciamiento sobre el proceso de que se trate. En las condiciones anotadas, esta Contraloría General rechaza la reclamación de la interesada.

Dictámenes relacionados
Dictamen N° 3268/2009
Aplica dictámenes
Dictamen N° 39617/2008
Aplica dictámenes