Dictamen N° 349542/2023
N° E349542 Fecha: 25-V-2023 Esta Entidad de Control no ha dado curso al documento individualizado en el rubro, que otorga una concesión de radiodifusión sonora en frecuencia modulada para las localidades de Huasco-Freirina a Comunicaciones Carlos Palma Villalón E.I.R.L, toda vez que de los antecedentes adjuntos consta que los reparos formulados por la Subsecretaría de Telecomunicaciones en su Informe N° 1, no fueron subsanados por dicha empresa en la oportunidad prevista en el artículo 13 A de la ley N° 18.168 y 19 de las Bases del Concurso Público de Radiodifusión Sonora -correspondiente al Primer Cuatrimestre de 2019 y aprobadas por la resolución exenta N° 349, de 2019, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones-, según el cual la solicitud debió tenerse por desistida. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República. JUAN CARLOS LILLO VALENZUELA Subjefe de División