Dictamen N° 34981/2009
N° 34.981 Fecha: 02-VII-2009 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Salvador Salomón Cortés Gallardo, ex funcionario de la antigua Caja de Previsión Social de los Obreros Municipales de la República, exonerado político, para solicitar la revisión de su pensión no contributiva, por gracia. Requerido al efecto, el entonces Instituto de Normalización Previsional cumplió con remitir los cuatro expedientes jubilatorios del interesado. Sobre el particular, cabe manifestar que de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que por medio de la resolución N° 2.272, de 2007, del Ministerio del Interior, fue declarada la calidad de exonerado político del señor Cortés Gallardo y se le otorgó una pensión no contributiva, por gracia, por un monto inicial mensual de $83.555.-, a contar del 1 de septiembre de 1999. Dicho documento fue cursado con alcance por esta Contraloría General, a través del oficio N° 17.629, de 2007, en el que se hizo presente que el grado de asimilación que corresponde considerar, a marzo de 1990, es el 12 de la Escala Única de Sueldos. Asimismo, se indicó que debía incluirse en el cálculo del beneficio, la asignación de antigüedad establecida en el D.L. N° 249, de 1973. En cumplimiento de la antedicha instrucción, se dictó la resolución N° 5.522, de 2007, de la misma Secretaría de Estado, alcanzando el aludido beneficio el valor inicial de $92.209.-, al mes, desde el 1 de septiembre de 1999, documento que, nuevamente, fue cursado con alcance por esta Entidad Fiscalizadora, mediante el oficio N° 36.317, de 2007, por cuanto correspondía practicar su cálculo sobre la base del promedio de las veinticuatro últimas remuneraciones percibidas por el peticionario. Como consecuencia de lo anterior, se dictó la resolución N° 11.374, de 2007, de igual origen que las anteriores, por la que se elevó la jubilación en estudio a $178.284.-, mensuales, a partir de la data ya anotada. El instrumento en comento fue devuelto por este Órgano de Control, a través del oficio N° 4.683, de 2008, pues en él se omitió considerar que el solicitante sólo contaba con 18 años de tiempo computable. Ahora bien, luego de efectuadas las verificaciones del caso, se ha podido comprobar que, con fecha 6 de mayo de 2008, por medio de la resolución N° 4.477, de 2008, el Ministerio del Interior dio cumplimiento al mencionado oficio N° 4.683, de 2008, concediéndole al reclamante una pensión no contributiva, por gracia, ascendente a $118.400.-, al mes, a contar del 1 de septiembre de 1999, cursada por esta Contraloría General, por ajustarse a la normativa sobre la materia. En consecuencia, con el mérito de lo anteriormente expuesto, cabe desestimar la petición del interesado.