Dictamen N° 35063/2016
N° 35.063 Fecha: 12-V-2016 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso al decreto del epígrafe, que faculta al Ministro del ramo para firmar “Por Orden del Presidente de la República”, los decretos supremos que resuelvan acerca de la procedencia de la exención del impuesto al valor agregado establecida en el N° 10, letra B) del artículo 12, de la ley sobre Impuestos a las Ventas y Servicios, modificada por el artículo 20, de la ley N° 20.848, por cuanto no se ajusta a derecho. Ello, porque el precepto citado, al disponer que la facultad se ejercerá a través de una “resolución” del Ministerio, radicó la competencia en el Ministro, por tratarse de un tipo de acto propio de esa autoridad, de modo que no resulta procedente la dictación del referido acto administrativo delegatorio. En mérito de lo expuesto se representa el decreto de la suma. Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República