Dictamen N° 35223/2011
N° 35.223 Fecha: 3-VI-2011 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Patricia Cortés Retamal, ex funcionaria de la Fiscalía Centro Norte de la Región Metropolitana, del Ministerio Público, para solicitar la revisión del procedimiento a través del cual se puso término a su contrato de trabajo, y para reclamar porque esa entidad se abstuvo de dar curso a las licencias médicas que indica. Sobre el particular, no cabe sino reiterar lo ya señalado en los dictámenes N os 30.562, de 2000, 29.201, de 2006, 21.766, de 2007 y 29.033, de 2008, entre otros, de esta Institución Fiscalizadora, en el sentido que, de conformidad con el artículo 83 de la Constitución Política de la República, el Ministerio Público es un organismo autónomo y jerarquizado, al cual, según el artículo 71 de la ley N° 19.640, que establece su Ley Orgánica Constitucional, no le son aplicables las disposiciones que rigen la acción de la Contraloría General de la República, salvo en aquellas materias en que el precitado texto legal requiere expresamente su intervención, cuyo no es el caso. Sin perjuicio de lo anterior, debe destacarse que, según el artículo 83 de la misma ley N° 19.640, el procedimiento de terminación de contrato de trabajo de los funcionarios del Ministerio Público, los reclamos que de ello se originen y las indemnizaciones a que diere lugar, se rigen, en lo no previsto en esa ley, por las normas establecidas en el Código del Trabajo. En estas condiciones, este Órgano de Control debe abstenerse de emitir el pronunciamiento solicitado. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante