Dictamen CGR

Dictamen N° 35264/2017

2017-09-29 · Probidad, transparencia e inhabilidades · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Se abstiene de emitir el pronunciamiento solicitado, por tratarse de un asunto que se encuentra en conocimiento de los tribunales de justicia

N° 35.264 Fecha: 29-IX-2017 Se ha dirigido a esta Contraloría General la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile, DIPRECA, solicitando que se emita un pronunciamiento sobre diversos aspectos relacionados con el cumplimiento de lo dispuesto en el dictamen N° 7.778, de 2017, de este origen. Al respecto, cabe recordar que el aludido dictamen, en el marco de la toma de razón de la resolución N° 57, de 2017, de esa entidad previsional, dispuso proseguir con el proceso invalidatorio ordenado en el dictamen N° 58.769, de 2016, lo que implica la desafiliación de ese régimen de doña Ema Myriam Olate Berríos, exfuncionaria de Gendarmería de Chile, y el traspaso de sus cotizaciones hacia una administradora de fondos de pensiones. En relación con lo expuesto, DIPRECA solicita que se determine qué períodos previsionales deben ser considerados en el anotado traspaso, si aquel debe materializarse a través de un bono de reconocimiento u otro instrumento y a cuál administradora de fondos de pensiones debe realizarse, dado que actualmente se encuentra desafiliada de este último sistema. Sobre el particular, es dable anotar que esta Entidad Fiscalizadora debe abstenerse de emitir el pronunciamiento solicitado, puesto que en virtud de lo dispuesto en el artículo 6°, inciso tercero, de la ley N° 10.336, sobre Organización y Atribuciones de la Contraloría General, a ésta no le corresponde informar ni intervenir en los asuntos que estén sometidos al conocimiento de los Tribunales de Justicia, tal como acontece en la especie. En efecto, consta que ante la Corte de Apelaciones de Santiago, se substancia el recurso de protección, rol N° 23.260-17, acumulado al rol N° 19.580, del mismo año, por medio del cual la señora Olate Berríos pretende que se deje sin efecto el citado dictamen N° 7.778, de 2017, y se ordene a DIPRECA pagarle una pensión de retiro conforme a las normas de ese régimen. En consecuencia, esta Contraloría General debe abstenerse, por ahora, de emitir el pronunciamiento jurídico solicitado. Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General de la República Camilo Mirosevic Verdugo Jefe División Jurídica