Dictamen N° 35464/2015
N° 35.464 Fecha: 05-V-2015 Esta Entidad de Control ha dado curso a la resolución N° 992, de 2015, de la Fuerza Aérea de Chile, que aprueba las bases administrativas para contratar la “Prestación de Servicios de Embarcador”, por cuanto se ajusta a derecho. Sin embargo, de conformidad con lo dispuesto en el N° 1 del artículo 22 del pliego de condiciones en análisis, esta Contraloría General entiende que el periodo de validez de la garantía de seriedad de las propuestas será de “120 días hábiles contados desde el cierre de las ofertas”, lo que no se consigna en esos términos en el Anexo B del instrumento de la suma. En relación con lo expuesto, es necesario advertir que en lo sucesivo, esa entidad licitante deberá tomar las medidas necesarias para que las transcripciones que acompañe a los actos sometidos al trámite de toma de razón, sean copia fiel del original, lo que no ocurre con el mencionado Anexo B de la resolución en estudio. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del documento del rubro. Saluda atentamente a Ud., Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante