Dictamen N° 35470/2011
N° 35.470 Fecha: 3-VI-2011 Se han dirigido a esta Entidad de Control doña Andrea Ferrer Balart y don Juan Antonio Viñuela Infante, solicitando un pronunciamiento acerca de la correcta aplicación que los municipios deben dar a los artículos 162 y 165 del decreto con fuerza de ley N° 458, de 1975, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo -Ley General de Urbanismo y Construcciones-, considerando lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley N° 2, de 1959, sobre Plan Habitacional, cuyo texto definitivo fue fijado por el decreto N° 1.101, de 1960, del Ministerio de Obras Públicas. Al respecto, cumple con señalar que de conformidad con las disposiciones de la ley N° 10.336, Orgánica de esta Contraloría General, con las instrucciones impartidas por el oficio N° 24.841, de 1974, y de acuerdo con la jurisprudencia administrativa, contenida, entre otros, en los dictámenes N°s 16.686, de 2008, y 98, de 2011, a ésta sólo le corresponde conocer y pronunciarse respecto de presentaciones deducidas por particulares en caso de que ellas se refieran a asuntos en que se haya producido una resolución denegatoria o dilatado una decisión por parte de la autoridad administrativa, habiéndola solicitado el interesado, circunstancias que deben ser acreditadas. En ese contexto, y atendido que la presentación de que se trata no se encuentra en ninguna de las situaciones antedichas, este Órgano Fiscalizador debe abstenerse de emitir el pronunciamiento solicitado. Por orden del Contralor General de la República Jefe Subdivisión Jurídica División de Infraestructura y Regulación