Dictamen N° 35646/2016
N° 35.646 Fecha: 13-V-2016 Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora María Isabel Ubal López, exfuncionaria a contrata del Ejército, solicitando la devolución de los descuentos efectuados sobre su remuneración por concepto de fondo de retiro entre los años 1999 y 2003. Requerida al efecto, la Caja de Previsión de la Defensa Nacional informa que la recurrente no registra imposiciones en esa institución. Por su parte, la Tesorería del Ejército comunica que en la antigua estructura de las liquidaciones de sueldo en el recuadro “fondo retiro” se registraban las cotizaciones enteradas en el sistema de capitalización individual, lo cual puede ser corroborado en la administradora de fondos de pensiones respectiva. Sobre el particular, cabe manifestar que el artículo 3° de la ley N° 18.458, establece que el personal no contemplado en el artículo 1° de ese mismo texto legal, como ocurre con los contratados del Ejército, quedará afecto al sistema de pensiones del decreto ley N° 3.500, de 1980. Ahora bien, de acuerdo con la información obtenida, las deducciones por las que se alega corresponderían a cotizaciones previsionales que se enteraron en una administradora de fondos de pensiones y no en la Caja de Previsión de la Defensa Nacional, en virtud de lo cual compete a la Superintendencia de Pensiones resolver cualquier duda en relación a estas, según lo determinado por esta Entidad Fiscalizadora, en el dictamen N° 27.916, de 2012, entre otros. Transcríbase a la Caja de Previsión de la Defensa Nacional y a la Tesorería del Ejército. Saluda atentamente a Ud. Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República