Dictamen CGR

Dictamen N° 35822/2016

2016-05-16 · Previsión y seguridad social de funcionarios · general · Vigente
Sumario. Recurrente no tiene derecho al beneficio que otorga el artículo 32 de la ley N° 20.642, por cuanto no se encuentra afiliada al sistema de pensiones del decreto ley N° 3.500, de 1980, como lo exige aquella normativa

N° 35.822 Fecha: 16-V-2016 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Ana Molina Alvarado, exfuncionaria del Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente, para reclamar que pese a haber realizado labores calificadas como trabajos pesados, le fue negado por parte de ese organismo el beneficio que se otorga a quienes hayan efectuado funciones con tales características. Requerida de informe, la citada entidad de salud aún no lo ha evacuado, por lo que, en atención al tiempo transcurrido, se contesta la referida presentación sin ese antecedente. Al respecto, cabe manifestar que el inciso primero del artículo 32, de la ley N° 20.642 -norma que otorga la prestación por la que se consulta-, indica que los funcionarios que sean beneficiarios de la bonificación que conceden los artículos 5° de las leyes N os 20.589 y 20.612, tendrán derecho a un bono especial por trabajos pesados, si se encuentran afiliados al Sistema de Pensiones del decreto ley N° 3.500, de 1980, y hayan cotizado según la modalidad que el artículo 17 bis del mismo texto legal establece. De lo expuesto, se desprende que el legislador resolvió otorgar el citado beneficio únicamente a aquellos servidores que se hallen afiliados al sistema de pensiones que señala. Pues bien, en los antecedentes tenidos a la vista, aparece que la recurrente se jubiló a partir del 31 de marzo de 2015, a través de la ex Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas, y no conforme al sistema fijado en el referido decreto ley N° 3.500, de 1980, como lo requiere la aludida normativa. Atendido lo expuesto, es menester concluir que la señora Molina Alvarado no tiene derecho a percibir el bono que otorga el artículo 32 de la ley N° 20.642. Transcríbase al Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente. Saluda atentamente a Ud. Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República