Dictamen N° 3586/2016
N° 3.586 Fecha: 14-I-2016 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Guillermo Maldonado Osorio, exfuncionario del Ejército, solicitando la reconsideración del dictamen N° 36.693, de 2015, de este origen, en el cual se determinó, por las razones que allí se indicaron, que no le correspondía el pago de la asignación de máquina. Al respecto, se debe recordar que mediante el referido dictamen N° 36.693, de 2015, esta Entidad Fiscalizadora precisó que el citado beneficio procede cuando se utiliza de manera permanente y exclusiva un computador, resultando una tarea necesaria e indispensable para su labor diaria, no siendo exigible su pago en situaciones en que este se ocupe de modo secundario o complementario de otros cometidos principales, correspondiéndole a la Administración activa verificar la concurrencia de las circunstancias anotadas y, por ende, ponderar su otorgamiento. En este sentido, es dable indicar que en el informe de la mencionada institución castrense que se tuvo a la vista al resolver su presentación atendida a través del aludido dictamen N° 36.693, de 2015, de esta procedencia, esa entidad manifestó, en síntesis, que el ocurrente no cumplió con los requisitos para haber disfrutado del emolumento que reclama. Pues bien, en atención a que la situación planteada ya fue estudiada por este Órgano Fiscalizador, sin que el recurrente acompañe antecedentes que permitan alterar lo resuelto en el citado dictamen N° 36.693, de 2015, de este origen, se ratifica ese pronunciamiento. Transcríbase a la Contraloría Regional de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo. Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General Patricia Arriagada Villouta Subcontralor General