Dictamen CGR

Dictamen N° 35935/2015

2015-05-06 · Obras públicas y concesiones · general · Vigente
Sumario. Cursa con alcances la resolución N° 6, de 2015, del Instituto de Seguridad Laboral

N° 35.935 Fecha : 06-V-2015 Esta Contraloría General ha dado curso a la resolución del rubro, mediante la cual se aprueba la ampliación del contrato que indica, por cuanto se ajusta a derecho. No obstante, esta Contraloría General entiende que se trata de una regularización de la prestación de los servicios objeto de la ampliación, toda vez que el contrato original expiró por la llegada del plazo el 27 de septiembre de 2014, mientras que el acuerdo de voluntades de la especie se suscribió el 27 de enero de 2015, en tanto que los servicios respectivos -según se indica en el considerando 8 del acto administrativo en examen-, terminaron de prestarse el 15 de enero del mismo año. En consecuencia, en lo sucesivo, dicho organismo deberá adoptar todas las medidas necesarias para modificar los contratos oportunamente y no una vez expirada su vigencia, como acontece en la especie. Además, cabe hacer presente que el precio estimado de la ampliación constituye una cláusula esencial del respectivo convenio, por lo que en futuras contrataciones dicho instituto deberá incorporar ese monto en los acuerdos de voluntades respectivos, sin que resulte suficiente que se indique en un resuelvo, como ocurre con el N° 8 de la resolución en análisis. Finalmente, si bien el contratante extendió la vigencia de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato entregada con anterioridad con el objeto de cubrir el período que correspondía a la ampliación, se advierte que como se mantuvo su valor, este no alcanzó a cubrir el 10% del contrato luego de la ampliación que por este acto se aprueba, conforme a lo previsto en el numeral 11.3 de las bases. No obstante, en el caso en estudio ya se puso término a la prestación de los servicios, por lo que, en lo sucesivo, deberá cumplirse con lo previsto en las bases, a fin de dar cumplimiento al principio de estricta sujeción a las mismas. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del acto administrativo del epígrafe. Transcríbase a la División de Auditoría Administrativa de esta Contraloría General de la República. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante