Dictamen CGR

Dictamen N° 3604/2016

2016-01-14 · Salud pública y personal de salud · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Cursa con alcances las resoluciones N°s 903 y 904, de 2015, del Fondo Nacional de Salud

N° 3.604 Fecha: 14-I-2016 Esta Contraloría General ha dado curso a los documentos de la suma, que aprueban los contratos de prestación de “servicios de salud de resolución de patologías agudas o agudizadas a través de mecanismo de pago por grupos relacionados (GRD)”, suscritos con las entidades que indica, por ajustarse a derecho. No obstante, cumple con señalar que conforme con el N° 6 de las bases técnicas, los prestadores deben contar con la capacidad técnica, la infraestructura, el equipamiento y los servicios que detalla, y con la dotación y competencia del personal que individualiza, previniendo que una vez suscritos los convenios, la modificación de la información proporcionada en relación a cualquiera de dichos aspectos debe ser comunicada al Fondo Nacional de Salud dentro del plazo que indica, y no solo aquella vinculada a las “plantas de recursos humanos” como pudiera entenderse de la redacción consignada en la cláusula cuarta de los acuerdos de voluntades (aplica dictamen N° 86.416, de 2015). Además, cabe manifestar que esa institución deberá velar por que la vigencia de las garantías de fiel y oportuno cumplimiento de los contratos no sea inferior a los 90 días hábiles posteriores a la fecha de término de los convenios en examen, de conformidad con lo dispuesto en el N° 6.2, de las bases administrativas. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón de la resolución del epígrafe. Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República

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