Dictamen CGR

Dictamen N° 362585/2023

2023-06-30 · Toma de razón y control de legalidad · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Cursa con alcances la resolución N°35, de 2023, de la Dirección de Vialidad

N° E362585 Fecha: 30-VI-2023 Esta Contraloría General ha dado curso al instrumento del rubro, que aprueba bases de precalificación para abrir un registro especial de contratistas relativo a la ejecución de la obra “Mejoramiento Pasada Urbana Ruta 5 en Arica, sector C: Rotonda Arenas – Límite urbano sur, región de Arica y Parinacota”, pero cumple con precisar acerca de lo manifestado en el párrafo final del punto 3.3.3 que -tal como se le indicó a esa Dirección en el oficio N° E88399, de 2021-, atendido su contexto, esta Entidad de Control entiende que los saldos de obras para determinar la capacidad económica mínima disponible serán acreditados con la documentación del punto 3.2 de las bases tipo aprobadas por la resolución Nº 258, de 2009, de la Dirección General de Obras Públicas, tal como se expresa en el párrafo segundo de dicho 3.3.3. Además, que la cita correcta, en relación con el certificado de estatuto actualizado de la letra c) del punto 5 de las bases, debe entenderse efectuada al artículo 49, letra d), del “Nuevo reglamento de la ley N° 20.659, que simplifica el régimen de constitución, modificación y disolución de las sociedades comerciales”, aprobado por el decreto N° 83, de 2021, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo. Por último, cabe añadir que -como también se le expresó en el citado oficio E88399- acorde al documento “Registro de contratista - categorías y especialidades”, la denominación correcta de especialidad de obras civiles (O.C.) relativa a Puentes y cruces desnivelados es “15 O.C”, y no como se consigna en el Anexo N° 4, de las bases. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República. OSVALDO VARGAS ZINCKE Jefe de División

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