Dictamen N° 36491/2010
N° 36.491 Fecha : 05-VII-2010 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Segundo Arturo Ramírez Aracena, para solicitar el pago del desahucio a que estima tener derecho en su calidad de ex auxiliar grado 17° de la Escala única de Sueldos del Hospital Doctor Eduardo Pereira Ramírez, del Servicio de Salud Valparaíso - San Antonio. Al respecto, cumple con manifestar que no procede acceder a lo solicitado, en atención a que mediante Liquidación Giro N° 21.678, de 1988, al interesado se le concedió el beneficio impetrado, como ex auxiliar, grado 30° de la Escala única de Sueldos más 14% de bienios, del Hospital de Valparaíso, en virtud de lo dispuesto en el artículo 30 de la ley N° 18.681, que otorgó a los Trabajadores efectos al régimen de desahucio establecido en los artículos 102 y siguientes del decreto con fuerza de ley N°338, de 1960, la opción de destinar la cantidad total que les correspondía por este concepto a la compra de acciones de propiedad de la Corporación de Fomento de la Producción, dejando de estar afectos a las disposiciones que sobre desahucio contemplaba el referido decreto con fuerza de ley, según lo señalado en la letra e) del mencionado artículo. En consecuencia, de acuerdo con lo anteriormente expuesto, se devuelve la solicitud del recurrente por no ajustarse a derecho lo impetrado. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República