Dictamen CGR

Dictamen N° 364922/2023

2023-07-06 · Toma de razón y control de legalidad · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Representa la resolución N° 36, de 2023, de la Dirección de Vialidad

N° E364922 Fecha: 06-VII-2023 Esta Contraloría General no ha dado curso al instrumento del epígrafe, que aprueba liquidación final del contrato de asesoría a la inspección fiscal para la obra “Terminación construcción by pass Castro, sector Ruta 5, sector de Llau Llao – Ruta 5, sector de Alcaldeo, comunas Castro y Chonchi, provincia de Chiloé, región de Los Lagos”, en atención a las siguientes observaciones: 1. No se aprecian los motivos por los que en el Anexo N° 1 “Detalle de obras ejecutadas”, de los estados de pago N°s 25, 26 y 27, se realiza un pago por concepto de “ajuste presupuestario” consignándose, además, un “saldo pendiente próximo estado de pago”, sin que conste si la suma de $30.252.776 fue pagada finalmente al consultor. De igual manera, se deberán explicar las razones por las cuales el Anexo N° 1 de diversos estados de pago aluden a saldo pendiente según estado de pago anterior, así como los motivos por los que no se pagaba oportunamente el total del avance mensual. 2. Para el cálculo del monto del estado de pago N° 10 no se considera la visita del especialista estructural, no obstante, que conforme a sus anexos se registra una visita el 22 de julio de 2021, generándose una diferencia en los montos pagados. 3. No fue acompañada la siguiente documentación: a) Copias del informe inicial y del informe final de la consultoría, acorde con lo dispuesto en el inciso quinto del artículo 81 del Reglamento de Contratación de Trabajos de Consultoría, aprobado por decreto N° 48, de 1994, del Ministerio de Obras Públicas. b) Copia de los informes periódicos que, acorde a lo establecido en el artículo 90 del citado reglamento, debía emitir el inspector fiscal de la asesoría. c) La que acredite el cumplimiento por parte de la consultora de la provisión de los recursos físicos y tecnológicos exigidos en el numeral 27 del anexo complementario a los términos de referencia de las bases tipo aprobadas por la resolución N° 227, de 2009, de la Dirección General de Obras Públicas. d) Copias de los comprobantes de pago de remuneraciones firmados por el trabajador, o boletas de honorarios, conforme a lo dispuesto en el artículo 18, letra a), de las ya citadas bases, en relación con el artículo 19 de las mismas. e) Copia del libro de control de asistencia del personal del contrato. f) La que sustente la cantidad de participación reflejada en el Anexo Nº 1 de cada estado de pago y que permita distinguir el cumplimiento mensual de participación de cada integrante del equipo de la asesoría. g) Copias de los certificados de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales de los meses de noviembre de 2021 y noviembre de 2022. h) Copia de los informes a que se alude en el numeral 25 del respectivo anexo complementario a los términos de referencia de las bases tipo citadas. Por último, en lo meramente formal, cabe señalar que el año de la minuta citada en la penúltima viñeta de los vistos es incorrecto. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Juan Carlos Lillo Valenzuela Subjefe de División