Dictamen CGR

Dictamen N° 36708/2015

2015-05-08 · Organización administrativa del Estado y competencia de la CGR · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Sobre exoneración de responsabilidad civil

N° 36.708 Fecha: 08-V-2015 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias realizadas con motivo de la pérdida de unas esposas de seguridad que estaban bajo la custodia de su funcionario, señor Pedro Pablo Campos Mora, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Al respecto, cabe anotar que del examen de la documentación adjunta, aparece que el día 10 de mayo de 2014, ese servidor, acompañado de otro empleado, concurrió hasta un domicilio particular ubicado en calle Los Abedules, en la comuna de Machalí, con la finalidad de verificar una denuncia por violencia intrafamiliar; una vez en el lugar, y en el instante en que el señor Campos Mora procedía a la detención del agresor, fue atacado por un grupo de personas que se oponían a la acción policial, lo que permitió que aquel individuo se diera a la fuga portando las referidas esposas. Los daños causados al patrimonio fiscal, según el documento electrónico N° 22945390, de 2014, del Departamento Armamento y Municiones, ascendieron a la suma de US$30 dólares de los Estados Unidos de América (equivalente a $16.672, a la data de su extravío), determinando la mencionada unidad, en su orden N° 42 de 2015, dar de baja dicho elemento de seguridad. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de la responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, atendido que en los antecedentes tenidos a la vista, consta que se dan los presupuestos anotados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor Pedro Pablo Campos Mora, por la pérdida de las referidas esposas de seguridad. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante