Dictamen N° 36711/2015
N° 36.711 Fecha: 08-V-2015 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños ocasionados en el furgón fiscal Z-6092, conducido por su funcionario, señor José Luis Araneda Lizama, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. En este sentido, cabe anotar que del examen de la documentación acompañada, aparece que el día 17 de noviembre de 2013, ese empleado dejó estacionado el referido furgón en calle Angamos, frente al N° 01455, en la comuna de Antofagasta, con la finalidad de efectuar labores de fiscalización, instante en el cual fue chocado por un automóvil particular cuya conductora lo hacía en estado de ebriedad, practicándose la denuncia ante la Fiscalía Local de la mencionada comuna. Los perjuicios producidos al patrimonio fiscal, según el certificado N° 69, de 2014, de la Zonal de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos Antofagasta, ascendieron a la suma de $150.000, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de la responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, atendido que de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que se dan los presupuestos anotados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor José Luis Araneda Lizama, por los daños causados en el furgón fiscal Z-6092; ello es, por cierto, sin perjuicio de la eventual responsabilidad penal o infraccional que al interesado pudiere asistirle en el hecho descrito. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante