Dictamen N° 3689/2012
N° 3.689 Fecha : 19-I-2012 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Luis Artemio Mejías Orellana, ex empleado de la antigua Empresa de Transportes Colectivos del Estado, exonerado político, para solicitar la revisión de su pensión no contributiva, por gracia, especialmente en lo relativo a considerar en la determinación de dicho beneficio , el cargo de inspector que servía a la fecha de su exoneración. Requerido al efecto, el Instituto de Previsión Social, junto con remitir el expediente previsional respectivo, manifiesta, en síntesis, que el beneficio jubilatorio del interesado se encuentra correctamente determinado. Sobre el particular, cabe señalar, en primer término, que por medio de la resolución N° 1.839, de 2010, del entonces Ministerio del Interior, se concedió al peticionario una pensión no contributiva, por gracia, por la suma inicial de $149.098.-, al mes, a contar del 1 de enero de 2009, calculada conforme al procedimiento establecido en el inciso segundo del artículo 12 de la ley N° 19.234. Al respecto, es dable anotar que de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que el señor Mejías Orellana desempeñaba a la data de su exoneración, ocurrida el 31 de enero de 1979, el cargo de Inspector, grado 21° de la E.U.S., de la referida ex Empresa de Transportes Colectivos del Estado, el que fue correctamente asimilado, a marzo de 1990, al grado 16° del aludido Orden Remuneratorio, lo que se traduce en un valor inicial mensual inferior al mínimo contemplado en el inciso duodécimo del mencionado artículo 12, debiendo elevarse a éste último. En consecuencia, sobre la base de lo expuesto, cabe concluir que la pensión no contributiva, por gracia, de la que es titular el señor Mejías Orellana, se ajusta a la normativa que la regula. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República