Dictamen N° 36901/2011
N° 36.901 Fecha: 10-VI-2011 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños ocasionados a la motocicleta fiscal M-4645, de cargo de la 23 a Comisaría Talagante, conducida por el funcionario de esa institución policial, señor José Mauricio Bulboa Armijo, a objeto que esta Contraloría General se pronuncie, conforme con las atribuciones que le confiere el artículo 62 de la ley N° 10.336, sobre la exoneración de la responsabilidad civil de aquél. Sobre el particular, cabe señalar que del estudio de la documentación acompañada, aparece que el día 17 de septiembre del año 2010, el indicado funcionario efectuaba en el aludido móvil un patrullaje preventivo en la calle Eyzaguirre, en dirección al sur y al aproximarse a la intersección con la Avenida Francisco Bilbao, en la comuna de Talagante, desacelera la motocicleta, no percatándose de la presencia de restos orgánicos de animal en la calzada, perdiendo el control del vehículo, volcando, lo que el Departamento de Investigaciones de Accidentes de Tránsito, en su informe N° 171, de 2010, que rola fojas 43 a 45 de autos, estableció como causa basal del accidente. La situación descrita produjo un perjuicio al patrimonio fiscal que, según el Certificado N° 370, de 2010, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, dependiente del Departamento de Transportes, que rola a fojas 47 a 50 de autos, ascendió a la suma de $3.868, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio. Ahora bien, se debe expresar que el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de los bienes que administre o custodie un funcionario, al término del sumario que para estos efectos se incoare, en la medida que, conforme con lo señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, se acredite que el extravío o detrimento de dichos bienes no se debe a culpa o negligencia del servidor de que se trate. De esta manera, atendido que de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que se dan los presupuestos señalados previamente, la infrascrita, haciendo uso de las atribuciones que le confiere el citado artículo 62, estima procedente exonerar de responsabilidad civil al Sargento 1° de Carabineros, señor José Mauricio Bulboa Armijo, por los daños ocasionados en la motocicleta fiscal M-4645. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante