Dictamen N° 37044/2011
N° 37.044 Fecha: 10-VI-2011 Se ha dirigido a esta Entidad de Control don Ramiro Bustos Rodríguez, ex funcionario de la Embajada de Chile en Argentina, para solicitar un pronunciamiento acerca de la situación que indica. Al respecto, cumple señalar que este Organismo Fiscalizador debe abstenerse de emitir el pronunciamiento solicitado, por cuanto en virtud de lo dispuesto en el artículo 6°, inciso tercero, de la ley N° 10.336, en relación con el inciso tercero del artículo 54 de la ley N° 19.880, no le corresponde informar ni intervenir en asuntos sometidos al conocimiento de los Tribunales de Justicia, como ocurre en la situación planteada en la especie, toda vez que, según consta en los antecedentes tenidos a la vista, sobre la materia se interpuso una demanda en contra de la citada sede diplomática, por el cobro de créditos salariales e indemnizatorios, en causa expediente N° 6.683/04 del Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N° 43, respecto de la cual recayó sentencia definitiva N° 84.158, de 2007, de la sala primera de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, ambos del Poder Judicial de la Nación, República Argentina, y en actual proceso de liquidación de pagos. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante