Dictamen N° 37150/2012
N° 37.150 Fecha: 21-VI-2012 Esta Entidad de Control ha dado curso a la resolución N° 187, de 2012, de la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud , mediante la cual se resuelve la licitación pública ID 621-24-LP12, declarando desierto el referido proceso en relación a uno de los medicamentos licitados y adjudicando el resto de los productos al proponente que, respecto de cada uno de ellos, resultó ser el mejor evaluado, porque, en el primer caso, el precio ofertado era superior al del correspondiente convenio marco y, en el segundo, atendido que algunos medicamentos tenían un precio inferior al de dicho acuerdo, por cuanto se ajusta a derecho. No obstante, cumple hacer presente que, en lo sucesivo, la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud deberá acompañar los antecedentes que den cuenta que, antes de proceder a convocar al respectivo proceso licitatorio, verificó -en base a la información recabada acerca de los términos en que los proveedores ofrecen los bienes o servicios que pretende contratar- la existencia de condiciones más ventajosas a las previstas en el correspondiente convenio marco, acorde a lo establecido en los artículos 30, letra d), de la ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, y 14 y 15 de su reglamento -aprobado mediante el decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda-. Asimismo, cabe manifestar que según lo ordenado por el inciso segundo del citado artículo 30, letra d), la mencionada repartición deberá informar a la Dirección de Compras y Contratación Pública sobre las condiciones más ventajosas obtenidas, de modo de posibilitar que esta última entidad adopte las medidas necesarias para lograr la celebración de un nuevo convenio marco que permita extender dichos términos de contratación más favorables al resto de los organismos públicos. Con los alcances que anteceden se ha tomado razón del acto administrativo señalado. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante