Dictamen N° 3716/2026
N° OF3716 Fecha: 07-01-2026 Esta Contraloría General no ha dado curso a la resolución del epígrafe, que aprueba la segunda modificación del contrato que indica, por cuanto el incremento contractual que se sanciona en esta oportunidades de 30%,en circunstancias que el aprobado en la primera modificación aumentó en seis meses el plazo de la prestación de los servicios,con lo que se excede el límite máximo que fijaba el artículo 77, inciso final, del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, normativa vigente a la época de la celebración del contrato original. En mérito de lo expuesto, se representa el acto administrativo del rubro. Saluda atentamente a Ud., Por orden de la Contralora General de la República Víctor Hugo Merino Rojas Subcontralor General