Dictamen N° 37486/2013
N° 37.486 Fecha: 12-VI-2013 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños ocasionados al furgón fiscal Z-4189, conducido por su funcionario, señor Pedro Ariel Ulloa Cisterna, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Al respecto, cabe anotar que del examen de los antecedentes adjuntos, aparece que el día 4 de febrero de 2012, ese servidor se desplazaba en el citado furgón por calle 4 Poniente y, al llegar a la intersección con calle 5 Norte, en la comuna de Viña del Mar, fue colisionado por una camioneta particular, resolviendo el Primer Juzgado de Policía Local de la mencionada comuna, en su sentencia de fecha 29 de mayo de dicha anualidad, condenar al conductor de este último móvil como responsable del accidente de que se trata. Los daños producidos al patrimonio fiscal, según el certificado N° 123, de 2013, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, ascendieron a la suma de $3.891.650, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, atendido que de los antecedentes tenidos a la vista, se dan los presupuestos señalados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor Pedro Ariel Ulloa Cisterna, por los daños producidos en el furgón fiscal Z-4189. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República