Dictamen CGR

Dictamen N° 37494/2017

2017-10-20 · Toma de razón y control de legalidad · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Representa la Resolución N° 105, de 2017, del Ministerio de Obras Públicas
Aplicado por
Dictamen N° 4035/2018
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N° 37.494 Fecha: 20-X-2017 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso al instrumento del rubro, que regulariza lo obrado y aprueba el contrato celebrado por trato directo “Protección de riberas Río San José, sectores comunidad agrícola Ticnamar Belén; comunidad agrícola Hijos de Livilcar; comunidad agrícola Camiña; 18 de Septiembre y comité Livilcar; y las Matias, Valle de Azapa, región de Arica y Parinacota”, por cuanto no se adjuntan antecedentes que den cuenta detallada de la diferencia de los trabajos de enrocado que se desarrollan por el presente contrato y aquellos convenidos en un contrato previo. Lo anterior, resulta necesario si se considera que la minuta explicativa de julio de 2017, suscrita por el Director de Obras Hidráulicas, de la misma región y la minuta ejecutiva de 28 de agosto de igual año, firmada por la misma autoridad, señalan que las labores de ambos contratos se desarrollan en sectores coincidentes, sin embargo en la minuta de octubre de 2016, del Departamento de Construcción de Riego, de la Dirección de Obras Hidráulicas -citada en el oficio Nº 88.918, de 2016, de este origen, que cursó con alcance el decreto Nº 230, de 2016, de ese ministerio, que autorizó a contratar el mencionado trato directo y declaró la respectiva emergencia-, aludía a que las obras de emergencia no coinciden con los sectores del contrato anteriormente licitado. Además, en el acta de entrega de terreno para ejecutar las obras de emergencia se manifiesta, en síntesis, que se revisó el terreno y las condiciones actuales de los sectores a trabajar, encontrándose algunos de ellos ya intervenidos con enrocados ejecutados. Por último, de los antecedentes examinados en esta ocasión no aparece que se haya actuado en función de la situación de emergencia que se invocó por esa repartición y que justificó el trato directo, toda vez que el decreto de emergencia ingresó totalmente tramitado al servicio el 14 de diciembre de 2016, sin embargo el convenio fue suscrito el 18 de abril de 2017 y se entregó el terreno el 5 de junio de igual anualidad de acuerdo al acta que se adjunta. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Subjefe de División División de Infraestructura y Regulación

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