Dictamen N° 37602/2009
N° 37.602 Fecha: 14-VII-2009 La Contraloría General de la República ha debido abstenerse de dar curso a la resolución 1379, de 2009, de la Subsecretaría de Marina que reliquida pensión de retiro no contributiva a don Eduardo Parra De La Jara Run. N° 3.452.797-0, ex Cabo 1° de la Armada de Chile, por cuanto no se ajusta a derecho. En efecto, cabe señalar que de conformidad con lo resuelto en el dictamen N° 44.869, de 2008, de esta Entidad Fiscalizadora, complementado por el dictamen N° 116 de 2009, el abono de tiempo computable para el personal que haya obtenido pensión no contributiva en virtud de lo señalado en el inciso 9 del artículo 12 de la ley 19.234, procede considerarlo para los efectos de otorgar las rentas de grado superior, a contar del día en que el interesado obtuvo la pensión no contributiva, esto es a contar del 1° de Noviembre de 1998. Ahora bien, en lo que dice relación a considerar el tiempo a que se refiere el artículo 4° de la Ley 19.234, para trienios, sueldos superiores y asignación de especialidad al grado efectivo, como útiles para el cálculo de la presente pensión no contributiva, este Organismo Contralor ha tenido oportunidad de pronunciarse sobre la factibilidad de disfrutar de esos estipendios, en el dictamen N° 52.301, de 10 de Noviembre de 2008, complementado por el dictamen N° 62.485, de 2008, señalando que la referida jurisprudencia resulta aplicable sólo a quienes obtengan su respectiva pensión no contributiva a partir de la data de emisión del dictamen antes citado, alcanzando sus efectos también a los 272 miembros de la Asociación Gremial "Comando de Exonerados Políticos de las Fuerzas Armadas y de Orden" y a los 16 miembros le la Agrupación de Exonerados Políticos del Ejército de Chile. Por lo tanto, por tratarse de un cambio de jurisprudencia, sus efectos rigen a contar del 10 de Noviembre de 2008, fecha de emisión de dicho dictamen y no como se efectuó en la especie. Por orden del Contralor General de la República Silvia Millar Cerda Abogado Jefe Subdivisión de Seguridad Social División de Toma de Razón y Registro Contraloría General de la República