Dictamen N° 37889/2009
N° 37.889 Fecha: 14-VII-2009 Esta Contraloría General mediante oficio N° 10.188 de 2009, se abstuvo de tomar razón de la resolución N° 271, de 2009 del Servicio de Salud Metropolitano Oriente, Hospital del Salvador, mediante la cual se contrata a doña Victoria Ester Pinto Henríquez como Cirujano Dentista con 33 horas semanales, a contar del 1 de enero al 31 de diciembre de 2009, con derecho a percibir, entre otras asignaciones un 50% por concepto de trienios, por cuanto según sus registros, la citada profesional no cuenta con el tiempo de servicios necesario para percibir el porcentaje trienal indicado. Ahora bien, se ha remitido nuevamente la resolución señalada para su toma de razón, adjuntando, en esta oportunidad, entre otros antecedentes, un certificado en el que consta el desempeño de la señora Pinto Henríquez como Profesional asimilada al grado 7 EUS, en la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas, durante el período correspondido entre el 1 de enero de 2001 y el 31 de diciembre de 2005. En relación con la materia, cabe señalar que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7° de la ley N° 15.076, y lo expresado por la jurisprudencia de este Organismo de Control, al respecto, las actividades desarrolladas por la afectada, ajenas al ejercicio como profesional funcionario, como ocurre con los servicios prestados por la interesada en la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas, no son válidas para el reconocimiento de la franquicia en comento (aplica dictámenes N°s 25.865, de 1982 y 16.256, de 2001, entre otros). Por orden del Contralor General de la República Jefe Subrogante Subdivisión Nombramientos