Dictamen N° 37915/2017
N° 37.915 Fecha: 25-X-2017 Esta Contraloría General ha dado curso al documento del epígrafe, que modifica las resoluciones N°s. 2.062 y 2.063, ambos de 2015, de la Subsecretaría de Interior, por cuanto se ajusta a derecho, en el entendido que constituye una regularización de las transferencias de recursos, efectuadas a los cuerpos de bomberos de Puerto Cisnes y Curarrehue, correspondientes al año 2016. Lo anterior, atendido que el instrumento en estudio ha sido enviado a este Órgano de Control para su toma de razón con evidente retraso, ya que aquel fue dictado el 17 de octubre de 2016, sin embargo, solo fue ingresado a esta Contraloría General, el 27 de septiembre de 2017, para cumplir con el referido control preventivo de legalidad. La demora señalada implica una infracción al artículo 8° de la ley N° 18.575, que impone a los organismos públicos el deber de actuar por propia iniciativa en el cumplimiento de sus funciones, procurando la simplificación y rapidez de los trámites, y también a lo previsto en el artículo 7° de la ley N° 19.880, relativo al principio de celeridad. De ese modo, en lo sucesivo, esa subsecretaría deberá remitir al trámite de toma de razón en su debida oportunidad los actos administrativos como las de la especie. Por último, cumple con precisar que la enmienda de los montos que se transfirieron a los referidos cuerpos de bomberos, también modifica, en las mismas cantidades, las sumas totales que se consignan en la parte dispositiva de las aludidas resoluciones N°s. 2.062 y 2.063, lo que se ha omitido indicar en el numeral 2 del resuelvo del instrumento que se analiza. Con los alcances que anteceden se ha dado curso a la resolución del epígrafe. Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República