Dictamen N° 37996/2010
N° 37.996 Fecha: 09-VII-2010 Esta Entidad de Control ha dado curso a los decretos N°s 82 y 83, de 2010, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Telecomunicaciones, mediante los cuales se otorgan concesiones de servicio público de telefonía móvil a las empresas Entel PCS Telecomunicaciones S.A. y Telefónica Móviles Chile S.A., pero cumple con hacer presente que entiende que la suma por concepto de subsidio que se indica en el N° 5 de los decretos -de $1.299.716.000- corresponde al monto total asignado para el conjunto de proyectos concursables “Telefonía Móvil a Rutas de la Región de Antofagasta”, adjudicado al consorcio del que forman parte las concesionarias, con ocasión del concurso convocado al efecto por el Fondo de Desarrollo de las Telecomunicaciones durante el año 2009, el que será pagado en la oportunidad y por los montos que procedan de acuerdo con las bases del concurso y proyecto adjudicado. De igual manera, cabe precisar, en relación con la zona se servicio a que se alude en el numeral 1 de los decretos que se examinan, que acorde con los artículo 3°, N os 6, 7, 8 y 10, y 33° de las Bases Específicas del Concurso, la concesionaria debe prestar el servicio como mínimo en la zona de servicio obligatoria, esto es, en las Rutas Antofagasta–Tal Tal y Calama–San Pedro de Atacama. Asimismo, se deja constancia que la alusión a la resolución exenta N° 354, de 1998, de dicha Secretaría de Estado, en la letra e) de los vistos, debe entenderse efectuada a la resolución exenta N° 354, de 1988. Con los alcances que anteceden se ha tomado razón de los actos administrativos. Por orden del Contralor General de la República Juan Carlos Lillo Valenzuela Jefe Subdivisión Jurídica División de Infraestructura y Regulación