Dictamen CGR

Dictamen N° 38123/2011

2011-06-16 · Responsabilidad administrativa, sumarios y potestad disciplinaria · general · Vigente
Sumario. Sobre facultad del Contralor General para exonerar de responsabilidad derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de bienes que administre o custodie un funcionario

N° 38.123 Fecha: 16-VI-2011 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños ocasionados al vehículo policial Z-4394, de cargo de la 3ª Comisaría Futaleufú, conducido por el funcionario de esa institución policial, señor Víctor Eugenio Garcés Cabezas, a objeto que esta Contraloría General se pronuncie, conforme con las atribuciones que le confiere el artículo 62 de la ley N° 10.336, sobre la exoneración de la responsabilidad civil de aquél. Sobre el particular, cabe señalar que del estudio de la documentación acompañada, aparece que el día 19 de octubre de 2009, el aludido funcionario, acompañado de otro servidor, conducía el referido móvil por la ruta CH-231, en dirección a la localidad de Puerto Ramírez y al ingresar a una curva existente en el km. 7,5 de esa vía, fue colisionado por una camioneta particular que circulaba en sentido contrario, resolviendo el Segundo Juzgado de Policía Local de Puerto Montt, en su sentencia de fecha 22 de marzo de 2010, cuya copia se encuentra agregada a fojas 151 del procedimiento administrativo adjunto, condenar al chofer de la aludida camioneta como responsable del accidente, debido a que manejaba en forma descuidada, no atento a las condiciones del tránsito del momento. Tal situación produjo un perjuicio al patrimonio fiscal que, de acuerdo con el informe mecánico N° 147, de 2010, de la Subzonal de Mantenimiento de la Prefectura Llanquihue, que rola a fojas 101 y 102 de autos, ascendió a la suma de $6.800.000, determinando la Dirección Nacional de Logística, mediante su orden N° 171, de 2010, incorporada a fojas 196 y 197 del expediente, dar de baja la aludida especie. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de los bienes que administre o custodie un funcionario, al término del sumario que para estos efectos se incoare, en la medida que, conforme con lo señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, se acredite que el extravío o detrimento de dichos bienes no se debe a culpa o negligencia del servidor de que se trate. De esta manera, atendido que de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que se dan los presupuestos señalados previamente, el infrascrito, haciendo uso de las atribuciones que le confiere el citado artículo 62, estima procedente exonerar de responsabilidad civil al Sargento 1° de Carabineros, señor Víctor Eugenio Garcés Cabezas, por los daños ocasionados en el vehículo fiscal Z-4394. Osvaldo Vargas Zincke Contralor General de la República Subrogante