Dictamen CGR

Dictamen N° 38271/2009

2009-07-17 · Responsabilidad administrativa, sumarios y potestad disciplinaria · general · Vigente
Sumario. Devuelve, por no ajustarse a derecho, resolución de la Subsecretaría del Trabajo, que afina sumario administrativo ordenado instruir por esta Entidad de Control, al término del cual se determinó un sobreseimiento genérico de los funcionarios que se desempeñaron en los programas de empleo investigados

N° 38.271 Fecha: 17-VII-2009 Esta Contraloría General no ha tomado razón de la resolución N° 6, de 2009, de la Subsecretaría del Trabajo, que afina el sumario administrativo incoado por la resolución exenta N° 1.724, de 2008, de la Subsecretaría del Trabajo, ordenado instruir por esta Entidad de Control, al término del cual se determinó un sobreseimiento genérico de funcionarios, al no haberse podido determinar, a juicio de dicho servicio, la existencia de imputaciones específicas de responsabilidad administrativa en contra de ninguno de los servidores que se desempeñaron en los programas de empleo investigados, por no encontrarse ajustada a derecho. Al respecto, corresponde señalar que la División de Auditoría Administrativa de este Ente Fiscalizador, ha informado que dentro de la investigación, se demostraron inobservancias procedimentales por parte del Director Ejecutivo y la jefatura superior, ya que los organismos ejecutores de los distintos programas de empleo deben rendir cuenta de los fondos transferidos, lo que no ocurrió en la especie. Continúa, indicando que llama la atención que dentro de las diligencias instruidas por el fiscal, no se hayan efectuado indagaciones respecto de los Coordinadores Regionales de los distintos programas de empleo, limitándose a incoar el sumario sólo en relación al personal de la Región Metropolitana. En último término, advierte esa División que no resulta posible concluir, como lo hace el fiscal en el visto N° 4 de la vista complementaria, que los antecedentes probatorios acompañados "no permiten el establecimiento de imputaciones específicas de reprochabilidad en contra de ninguno de los personales participantes". En mérito de lo expuesto, procede devolver el documento señalado y sus antecedentes a esa superioridad, a fin de que se proceda a la reapertura del sumario, con el objeto de corregir las observaciones formuladas por la División de Auditoría Administrativa de esta Contraloría General. Ramiro Mendoza Zuñiga Contralor General de la República