Dictamen N° 38400/2015
N° 38.400 Fecha: 13-V-2015 Mediante el oficio N° 4.872, de 2015, y con motivo de una presentación mediante la cual don Jorge Schifferli Villiger reclamaba, en lo esencial, que la empresa Mantenimiento de Infraestructura Pixels S.P.A. no habría solucionado una serie de servicios subcontratados con Pooling Chile S.A., esta Contraloría General se abstuvo de emitir un pronunciamiento por considerar que se trataba de una problemática suscitada entre particulares. En esta oportunidad, y en relación con lo anterior, don Roberto Sepúlveda Núñez, en representación de la última firma singularizada, junto con formular análogas consideraciones en torno a dicha subcontratación y acerca de lo obrado por el Servicio de Salud del Reloncaví, solicita un pronunciamiento en relación con la obligación que asistiría a esa repartición en orden a asumir el pago de lo adeudado a su representada. Sobre el particular, y sin perjuicio de que los planteamientos del recurrente no constituyen sino una reiteración de aquellos ponderados para la emisión del precitado oficio, cumple esta Sede de Control con hacer presente que el contrato celebrado por trato directo entre Pixels S.P.A. y el indicado Servicio de Salud -aprobado mediante la resolución N° 486, de 2013, de ese organismo público-, no habilita a este último a realizar los pagos pretendidos por la subcontratista, toda vez que lo dispuesto en su cláusula décimo tercera, referida a la subcontratación -en cuya virtud dicha repartición debe retener los montos necesarios para dar cumplimiento íntegro a las obligaciones laborales y previsionales que correspondan a los contratistas o subcontratistas respecto de sus trabajadores- dice relación, contrariamente a lo que parece entender el interesado, con un rubro distinto al peticionado. En tales condiciones, y habida cuenta de que no se han aportado nuevos antecedentes de hecho o de derecho, o elementos de juicio que no hubieren sido previamente analizados, y cuyo examen permita variar lo concluido, se ha estimado del caso no innovar respecto de lo manifestado en el citado pronunciamiento. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Osvaldo Vargas Zincke Jefe División de Infraestructura y Regulación