Dictamen CGR

Dictamen N° 38414/2009

2009-07-20 · Previsión y seguridad social de funcionarios · general · Vigente
Sumario. Exonerado político no tiene derecho a bono extraordinario de ley 20134 por cuanto no posee la calidad de ex trabajador del sector privado o de una empresa autónoma del Estado, pues a la fecha de su exoneración se desempeñaba en la Corporación de Fomento de la Producción, entidad que reviste la calidad de servicio público

N° 38.414 Fecha: 20-VII-2009 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Jens Watson Alid Nielsen, ex funcionario de la Corporación de Fomento de la Producción, CORFO, exonerado político, para reclamar por que el antiguo Instituto de Normalización Previsional le habría denegado el derecho que, a su juicio, le corresponde para percibir el bono extraordinario que concede la ley N° 20.134. Requerido su informe, el mencionado Organismo Previsional manifiesta, en síntesis, que no es posible conceder al reclamante el beneficio que requiere, toda vez que no cumple con la totalidad de las condiciones establecidas por el citado texto legal para percibirlo. Sobre el particular, cabe señalar que el artículo 1° de la precitada ley N° 20.134, otorga un bono extraordinario a los ex trabajadores del sector privado y las empresas autónomas del Estado que hubieren sido exonerados por motivos políticos, entre el 11 de septiembre de 1973 y el 29 de septiembre de 1975, en la medida que sean titulares de una pensión no contributiva, por gracia, calculada conforme a lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 12 de la ley N° 19.234. Precisado lo anterior, es dable anotar que al señor Alid Nielsen no le asiste el derecho a solicitar el bono referido, por cuanto no posee la calidad de ex trabajador del sector privado o de una empresa autónoma del Estado, pues a la fecha de su exoneración se desempeñaba en la indicada Corporación de Fomento de la Producción, entidad que reviste la calidad de servicio público, como lo ha manifestado la jurisprudencia administrativa de este Organismo de Control, contenida, entre otros, en el dictamen N° 45.523, de 2002. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

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