Dictamen CGR

Dictamen N° 38426/2010

2010-07-12 · Responsabilidad administrativa, sumarios y potestad disciplinaria · general · Vigente
Sumario. Representa la resolución 24/2010 del Hospital de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile, que pone término al contrato de trabajo por la no concurrencia del trabajador a sus funciones sin causa justificada, durante dos días seguidos, por cuanto no se ajusta a derecho

N° 38.426 Fecha: 12-VII-2010 Esta Contraloría General ha debido abstenerse, nuevamente, de dar curso a la resolución 24, de 2010, del Hospital de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile, que pone término al contrato de trabajo de don Rodrigo Guillermo Díaz Zapata, de acuerdo con el N° 3 del artículo 160 del Código Laboral, por la no concurrencia del trabajador a sus funciones sin causa justificada, durante dos días seguidos, por cuanto no se ajusta a derecho. En efecto, practicado el examen del expediente sumarial adjunto, se advierte que la ausencia del afectado que motivó la aplicación del aludido precepto, se habría producido desde el día 7 de septiembre de 2009, habiendo comunicado el propio trabajador que se encontraba detenido, desde esa misma fecha, en una unidad policial debido a un requerimiento judicial, como consta a fojas 14 de la investigación, situación que impediría recurrir a la referida causal, pues la jurisprudencia administrativa de esta Entidad Fiscalizadora, contenida en el dictamen N° 9.648, de 2006, entre otros, informó que para determinar si la ausencia del funcionario motivada por una prisión preventiva fue o no justificada, debe estarse a los resultados del juicio criminal respectivo, de modo que si el funcionario público es absuelto o sobreseído definitivamente, el período en que estuvo impedido de concurrir a sus labores, por encontrarse afectado por un acto de autoridad, constituye fuerza mayor y no le es imputable. En mérito de lo anteriormente expuesto, se representa el acto administrativo. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

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