Dictamen N° 385/2012
N° 385 Fecha: 4-I-2012 Esta Entidad de Control ha debido abstenerse de dar curso al decreto N° 895, de 2011, del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría para las Fuerzas Armadas que declara la caducidad de la concesión marítima que indica, por cuanto no se ajusta a derecho. En efecto, cabe señalar que mediante el decreto N° 30, de 28 de febrero de 2003, del Ministerio de Defensa Nacional, se otorgó concesión marítima sobre un sector de playa, fondo de lago y porción de agua, mientras que el N° 1, de la parte dispositiva del acto en estudio indica que la concesión que se caduca recae sobre sector de fondo de mar, lo que debe ser aclarado. En mérito de lo expuesto se representa el decreto señalado. Por orden del Contralor General de la República Julio Pallavicini Magnere Jefe de la División Jurídica