Dictamen N° 38969/2017
N° 38.969 Fecha: 06-XI-2017 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Samuel Saavedra Avilés, abogado, en representación de don Luis Maldonado Zurita, funcionario de la Fuerza Aérea, solicitando, por las razones que expone, la reconsideración del oficio N° 35.484, de 2017, de este origen, con el objeto de que esta Entidad Fiscalizadora determine que la medida disciplinaria de dos días de arresto que se le aplicó a su mandante, considerada para ubicar a aquel en la lista N° 3 y, posteriormente, en la nómina anual de retiros, implica una transgresión de sus derechos como funcionario y de sus garantías constitucionales. Como cuestión previa, cabe recordar que a través del citado oficio esta Entidad de Control se abstuvo de emitir el pronunciamiento solicitado, por cuanto el recurrente, en relación con la misma materia, interpuso un recurso de protección ante la Iltma. Corte de Apelaciones de Temuco, en causa rol N° 4.630, de 2017. Puntualizado lo anterior, se debe indicar, por una parte, que el interesado mediante el reclamo formulado ante esta Contraloría General si bien expone ciertos vicios que incidirían en la licitud de una medida disciplinaria impuesta al señor Maldonado Zurita, impugna la baja de aquel por haber sido incluido en la lista anual de retiros y, por la otra, que a través de la señalada acción, pretende que se le permita a su representado recurrir en contra de la resolución que resolvió mantener su calificación en lista N° 3 y que ordenó su retiro, de manera que ambas peticiones, contrariamente a lo planteado, dicen relación con una misma materia. De esta manera, esta Entidad de Control debe abstenerse de emitir el pronunciamiento requerido, pues con arreglo a lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 6° de la ley N° 10.336, no le corresponde informar ni intervenir asuntos sometidos al conocimiento de los Tribunales de Justicia, como aconteció en la especie. Por consiguiente, dado que el señor Saavedra Avilés no acompaña antecedentes que permitan modificar el citado oficio N° 35.484, de 2017, de este origen, se rechaza su solicitud de reconsideración y se ratifica ese pronunciamiento. Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General de la República Alejandro Riquelme Montecinos Jefe de Departamento Departamento de Previsión Social y Personal