Dictamen N° 39183/2013
N° 39.183 Fecha: 21-VI-2013 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de la investigación instruida con motivo de los daños ocasionados al furgón fiscal Z-2577, conducido por su funcionario, señor Jorge Andrés Gajardo Tapia, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Al respecto, cabe anotar que de los antecedentes adjuntos, aparece que el día 25 de julio de 2012, ese servidor, acompañado de otro empleado, concurrió en el citado furgón hasta un domicilio particular ubicado en calle Eugenio Marzal, en la comuna de Coquimbo, a verificar una denuncia por daños y amenazas, una vez en el lugar, un grupo de 20 personas aproximadamente, de forma sorpresiva, comenzó a lanzar piedras y objetos contundentes en contra del móvil policial, resultando éste con vidrios quebrados y abolladuras en su carrocería. Los perjuicios causados al patrimonio fiscal, según el certificado N° 146, de 2013, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, ascendieron a la suma de $362.555, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, atendido que de los antecedentes tenidos a la vista, consta que se dan los presupuestos señalados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor Jorge Andrés Gajardo Tapia, por los daños ocasionados en el furgón fiscal Z-2577. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República