Dictamen N° 39223/2020
N° E39223 Fecha: 29-IX-2020 Esta Contraloría General ha dado curso al instrumento del rubro, que deja sin efecto la resolución que indica, representada por el oficio Nº 9.184, de 2020, de este origen, y aprueba la liquidación final del contrato de obra “Mej. Cam. Long. Austral R-7, S.1: Lim. Reg. Norte- La Junta, T: (Pav.) Lim. Reg. Norte-La Tolva, Km 310,449- 332,004, S.2: Lim.Reg. Norte- La Junta, T: (Ilum.) Km 345,300 a 345,501 (Cant. Norte Pte. Sen. Sergio Sepúlveda) S.3: La Junta-Puyuhuapi-Las Pulgas, T: (Ilum.) Cant. Norte Pte. Sen. Sergio Sepúlveda-Pte. Alc. Cuatro Vientos, Km 345,501 a 348,000. Reg. Aysén”, teniendo presente, los antecedentes acompañados en esta oportunidad y que, en relación a la observación formulada en el N° 1 de aquel oficio, entiende que la modificación a que allí se alude se fundó en razones técnicas. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Juan Carlos Lillo Valenzuela Subjefe de División