Dictamen N° 39794/2011
N° 39.794 Fecha: 24-VI-2011 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Lucy Elena Encalada Olguín, ex funcionaria de la Municipalidad de Cerro Navia, para solicitar un pronunciamiento sobre su derecho a percibir el bono establecido en la ley N° 20.305. Sobre el particular cabe expresar que el artículo 1° de la precitada ley N° 20.305, en su inciso primero, otorga una bonificación de naturaleza laboral por la suma mensual que indica, para el personal que a la fecha de entrada en vigencia de esta ley, esto es, el 1 de enero de 2009, desempeñe un cargo de planta o a contrata y al contratado conforme al Código del Trabajo, en los órganos y servicios públicos que señala, entre los que se encuentran las Municipalidades, siendo dable añadir que su artículo 2°, N° 1, exige, para acceder a la mencionada bonificación, tener las calidades mencionadas en el inciso primero del artículo 1° en los referidos organismos o en sus antecesores legales, tanto a la fecha de postulación para acceder al bono como con anterioridad al 1 de mayo de 1981. Precisado lo anterior, es necesario manifestar que este Organismo de Control, en su dictamen N° 3.931, de 2011, concluyó que los empleados que cesaron en sus cargos y posteriormente solicitaron el bono contemplado en la referida ley N° 20.305, no cumplen con lo requerido en el artículo 2°, N° 1, de ese texto legal, razón por la cual no pueden acceder a dicho beneficio. Ahora bien, de la información tenida a la vista aparece que la interesada prestó servicios en la aludida entidad edilicia hasta el 27 de mayo de 2010, dato conteste con los registros de esta Institución de Control, habiendo solicitado el bono de que se trata sólo el 22 de julio del mismo año, por lo que cabe colegir que no tiene derecho a la bonificación en estudio, por no cumplir con el requisito que para dicho fin establece el artículo 2°, N° 1, de la antedicha ley N° 20.305. En consecuencia, se debe rechazar el reclamo deducido por la peticionaria. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República