Dictamen N° 39831/2017
N° 39.831 Fecha: 10-XI-2017 Esta Contraloría General ha dado curso al acto del epígrafe, mediante el cual se aprueba el contrato celebrado con Consultora y Productora Verde Vivo Ltda., para el servicio de diseño, ejecución y seguimiento de talleres artísticos 2017-2018, en establecimientos educacionales públicos de la región de Los Ríos, por cuanto se ajusta a derecho. Sin perjuicio de lo anterior, se advierte que si bien a la fecha de su emisión la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, a que alude la cláusula décimo quinta del mismo, cubría completamente el plazo del contrato más 60 días hábiles, según lo exigía el N° 15 de los términos de referencia respectivos, en la actualidad ello no sucede, atendido el tiempo transcurrido entre esa data y la época en que entrará en vigencia el convenio que se aprueba, determinada en su cláusula vigésimo primera -demora que no es imputable al proveedor-, por lo que esa superioridad deberá velar para que dicha caución sea renovada por el contratista antes de su vencimiento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 70 del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda (aplica dictamen N° 37.545, de 2017). Con el alcance que antecede, se ha tomado razón del decreto del epígrafe. Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República