Dictamen N° 39921/2009
N° 39.921 Fecha: 27-VII-2009 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Marcelo Enrique Ruiz Fernández, médico cirujano, funcionario del Hospital de Rancagua, para solicitar un pronunciamiento que determine si los lapsos servidos en la Fundación de Salud El Teniente, son válidos para efectos del cómputo de trienios. Requerido su informe, la Subsecretaría de Redes Asistenciales ha manifestado, en síntesis, que no fue posible constatar la existencia del convenio al cual hace referencia el recurrente, que habría sido suscrito en el año 1977, entre el Departamento de Salud de la División El Teniente y el Ministerio de Salud. Sobre el particular, cabe recordar, primeramente, que el interesado ha efectuado similar petición ante la Contraloría Regional del Libertador Bernardo O'Higgins, la que a través de sus oficios N os 2.387, de 1987 y 3.360, de 2005, le informó que no era posible determinar si le asistía el derecho reclamado, por no haberse acreditado la existencia del aludido convenio. Precisado lo anterior, se debe indicar que de conformidad con lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 7° de la ley N° 15.076, los profesionales funcionarios tendrán derecho a un aumento del sueldo base, por cada tres años de antigüedad en los porcentajes y orden que indica, para lo cual, según lo previsto en el inciso cuarto de la misma disposición, se contarán los años servidos, entre otros, a empleadores particulares que ejerzan funciones delegadas de un Servicio Público. En este sentido, para poder entender que un empleador particular ejerce funciones delegadas de un servicio público, debe existir una sustitución, en mérito de la cual, el primero entra a servir todas o algunas de las labores que compete desarrollar a ese servicio, tal como, por lo demás, lo ha precisado esta Entidad de Control, entre otros, mediante sus dictámenes N os 9.048, de 1989 y 60.757, de 2005. Ahora bien, en esta oportunidad, no se ha adjuntado el convenio de que se trata ni se han proporcionado antecedentes que permitan determinar, con precisión, si concurren los supuestos legales que permitirían reconocer al requirente, para los efectos que interesan, el tiempo servido por éste en la Fundación de Salud El Teniente. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República